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Radares y sistemas de fotomultas
Sistema de fotomultas, te dejamos todas las consideraciones legales para que tengas en cuenta en relación a estos dispositivos.
La Ley Nº 24.449 establece las normas de tránsito y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) a través de la Ley Nº 26.363, autorizó la instalación de puestos con radares y cámaras que registran los incumplimientos, pero cómo saber si son legales?
¿Cómo debe ser un operativo para que sea legal?
El puesto de radar deberá cumplir siempre lo siguiente:
- Estar identificado por un enconado de entre 500 a 1.000 m. previos a la ubicación del radar.
- Al inicio, debe haber un cartel móvil que indica su presencia.
- Después de este (entre 100 a 250 m.) tiene que haber otro cartel con la velocidad máxima de fiscalización.
- Posterior al radar, entre 2 y 10 km. puede o no estar un enconado para la detención del vehículo y hacer la entrega de la multa impresa.
- Los agentes deben poseer la matrícula habilitante para operar el dispositivo.

Si la traza de la ruta no permitiera esta opción, te van a enviar la multa al domicilio donde esté registrado el vehículo, ya que el nuevo sistema de fotomulta también toma la infracción por radar.
Datos que debe contener una multa
Si a pesar de tomar precauciones te hicieron una multa, tenés que verificar los siguientes datos para que sea legal:
- Datos del municipio que realiza la multa.
- Fecha de la presunta infracción.
- Ruta y kilómetro donde fue cometida.
- Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado (en km./h).
- Firma de la autoridad pública interviniente.
- Datos del radar (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie), incluido el número de Disposición ANSV que autoriza el uso de dicho artefacto.
- Datos de contacto tribunal administrativo que resulte competente.
- Matrícula habilitante del operador del radar (otorgada por ANSV).
¿Qué hago si la multa no es legal?
Si alguno de datos que te mencionamos no se encuentran en el acta, o si por algún otro motivo considerás que la infracción es inválida, tenés que presentar tu descargo ante el juzgado de faltas o ante el tribunal administrativo competente.
Para que disfrutes a pleno cuando salgas con tu moto a la ruta, te sugerimos que siempre respetes las señales de tránsito para evitar una multa.
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